La Taxonomía Europea en la edificación

La Taxonomía Europea es una nueva regulación de la Comisión Europea que pretende consolidar unos criterios técnicos comunes y transparentes para determinar que una actividad económica es sostenible y contribuye a las metas y objetivos europeos, incrementando así la transparencia y confianza de los inversores y el mercado.

El sector de la edificación tiene su propio conjunto de indicadores, que debe garantizar que en el futuro los desarrollos urbanos y de edificación sean más sostenibles.

Antecedentes

Para contener el incremento de la temperatura global por debajo de los 2 °C (Acuerdo de París) es necesario integrar de manera consistente los riesgos ambientales en la toma de decisiones financieras. La Unión Europea (UE) está estudiando cómo apoyar esa integración, y la Comisión Europea (CE) publicó en el año 2018 el Plan de acción: Financiar el crecimiento sostenible para movilizar financiación con el objetivo de redirigir el flujo de capital hacia actividades que contribuyan al crecimiento sostenible. Este plan, que consta de un total de diez acciones, pone el foco en el ámbito financiero como un sector estratégico y con gran capacidad y potencial para contribuir a la transformación.

Acciones y objetivos del Plan de Acción: Financiar el crecimiento sostenible
Acciones y objetivos del Plan de Acción: Financiar el crecimiento sostenible. Fuente: Anexo IV del Plan de Acción: Financiar el crecimiento sostenible. Comisión Europea

Como parte de este plan y como medida más urgente, la primera acción puesta en marcha busca establecer un sistema de tipificación claro y detallado, y unas exigencias mínimas, para las actividades económicas sostenibles: la denominada «Taxonomía».

Tras haberse propuesto en 2018, en junio de 2020 se publicó finalmente el reglamento que contiene sus principios básicos y sus fundamentos. Sus criterios técnicos han ido evolucionando hasta que en abril de 2021 se publicaron de forma definitiva los relativos a los dos primeros objetivos ambientales desarrollados (mitigación del cambio climático y adaptación al cambio climático), que entraron en vigor en enero de 2022.

Página oficial de la Taxonomía en el sitio web de la Comisión Europea
Página oficial de la Taxonomía en el sitio web de la Comisión Europea

El Reglamento de Taxonomía

El Reglamento de Taxonomía de actividades económicas sostenibles de la Unión Europea (UE) es una nueva regulación europea que propone un sistema de clasificación claro y transparente, basado en la medición de la reducción de los impactos ambientales.

Esta Taxonomía aporta ventajas para todos los agentes del mercado inmobiliario.

  • Enfocada principalmente a los inversores, les permite minimizar el riesgo de invertir en activos financieros dudosamente sostenibles y reducir la competencia desleal frente a actividades que aseguran ser sostenibles sin serlo realmente. Además, homogeneiza las métricas, lo que aporta claridad y comparabilidad al mercado y en consecuencia reduce los costes de investigación y diligencia de los inversores. Asimismo, supone una oportunidad para los inversores de identificar el alineamiento de sus carteras con los objetivos de sostenibilidad y etiquetar de manera más eficiente los productos de inversión sostenibles.
  • Los consumidores finales se benefician también de mayor transparencia y mejor comparabilidad de los productos.
  • Los reguladores y supervisores cuentan con una referencia para implementar los nuevos marcos de inversión verde con parámetros claros, reduciendo coste y esfuerzos.
  • Por último, las empresas obtienen mayores oportunidades de financiación para apoyar actividades de I+D alineadas con los objetivos globales.

Este marco nace con unas premisas claras para ser un instrumento flexible, basado en la ciencia y la experiencia, totalmente dinámico, con capacidad de adaptarse y evolucionar de acuerdo con los nuevos retos, datos y avances de nuevas tecnologías y actividades.

Contenido y definición

El Reglamento de Taxonomía recoge los criterios para un total de trece sectores, responsables de casi el 80 % de las emisiones directas de gases de efecto invernadero en Europa, y en torno a noventa actividades económicas. El sector de la construcción y actividades inmobiliarias es uno de ellos, en el que se incluyen siete actividades económicas:

  • Nueva construcción
  • Rehabilitación
  • Instalación, mantenimiento y reparación de equipamiento de eficiencia energética
  • Instalación, mantenimiento y reparación de estaciones de carga para vehículos eléctricos
  • Instalación, mantenimiento y reparación de instrumentos y sistemas de medición, regulación y control del rendimiento energético en edificios
  • Instalación, mantenimiento y reparación de tecnologías de energías renovables
  • Adquisición y propiedad de edificios

La clave de los principios de la Taxonomía es que una actividad económica es sostenible medioambientalmente cuando:

  1. contribuya sustancialmente a al menos uno de los seis objetivos ambientales que define;
  2. no provoque ningún daño significativo (DNSH) hacia ninguno de los otros cinco, y
  3. se lleve a cabo la actividad bajo unos estándares éticos y laborales mínimos.
Principios requeridos por la Taxonomía Europea
Principios requeridos por la Taxonomía Europea

De acuerdo con los objetivos europeos, los seis objetivos ambientales que persigue la Taxonomía son:

  • Mitigación del cambio climático
  • Adaptación al cambio climático
  • Sostenibilidad y protección de agua y recursos marinos
  • Transición a una economía circular
  • Prevención y control de la contaminación
  • Protección y restauración de la biodiversidad y ecosistemas

La Comisión Europea establece los criterios técnicos de selección para cada uno de los objetivos medioambientales a través de actos delegados. Hasta el momento, se han publicado exclusivamente los criterios para los objetivos de mitigación y adaptación al cambio climático, que entraron en vigor en enero de 2022, fecha en la que la Taxonomía pasó a estar formalmente operativa. Los criterios de los demás objetivos medioambientales está previsto que se publiquen próximamente y entren en vigor a principios de 2023.

El Reglamento de Taxonomía también refuerza las dos principales normativas europeas sobre divulgación de información medioambiental: el Reglamento (UE) 2019/2088, sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros; y la Directiva 2014/95/UE, relativa a la divulgación de información no financiera y sobre la diversidad (denominada «Non-financial Reporting Directive» - NFRD, 'Directiva sobre información no financiera').

Por ahora, tan solo se abordan algunos aspectos medioambientales, aunque la Comisión está ya trabajando para ampliar la Taxonomía a los objetivos sociales. En febrero de 2022 se publicó el informe final sobre la Taxonomía Social.

Criterios técnicos en edificación y actividades inmobiliarias

El sector de la edificación tiene su propio conjunto de indicadores, que debe garantizar que en el futuro los desarrollos urbanos y de edificación sean más sostenibles. Aquí se resumen de forma general los criterios disponibles hasta el momento para las actividades de nueva construcción, rehabilitación y adquisición y propiedad:

  • Requisitos mínimos: Además de exigir las garantías sociales comunes a cualquier actividad económica, los edificios no se pueden usar para la extracción, almacenamiento o transporte de combustibles fósiles.
  • Contribución sustancial
    • Mitigación del cambio climático: Se plantean objetivos de reducción del consumo de energía primaria durante el uso del edificio (en función de cada una de las actividades). En nuevos edificios de gran tamaño se introduce la consideración del ciclo de vida, incluyendo el análisis de ciclo de vida (ACV) en cuanto al potencial de calentamiento global, así como otras medidas de control de calidad de la ejecución de la envolvente. Además, los edificios existentes no residenciales de gran tamaño deberán operarse a través de un gestor energético.
    • Adaptación al cambio climático: El objetivo es construir edificios más resilientes al cambio climático, y para ello: incorporar el análisis de riesgos climáticos; establecer estrategias alineadas con estrategias de rango superior; no comprometer esfuerzos de terceros; considerar los escenarios actuales y futuros, y tomar medidas de adaptación eficaces, priorizando soluciones basadas en la naturaleza. Además, deberán plantearse objetivos medibles, realizar un seguimiento y establecer medidas correctoras en caso de no lograrse los objetivos.
  • No daño significativo:
    • Mitigación del cambio climático: Se ciñe a los objetivos en cuanto a la reducción de consumo de energía durante la fase de uso del edificio.
    • Adaptación al cambio climático: De forma semejante a la contribución sustancial, considera la integración de los análisis de riesgos climáticos y medidas de adaptación, sin exigir su monitorización y mejora.
    • Sostenibilidad y protección del agua y los recursos marinos: Exige unas condiciones mínimas en la reducción de consumo de agua en griferías y sanitarios del edificio y plantea la integración de medidas para la protección de la calidad o consumo de agua durante la obra.
    • Transición a una economía circular: Además de establecer un porcentaje mínimo de reutilización o reciclaje de residuos del 70 %, exige incorporar criterios de diseño circular y favorecer la reutilización de los residuos a través de la demolición selectiva de edificios existentes.
    • Prevención y control de la contaminación: Deberán evitarse sustancias peligrosas en los productos empleados en el edificio, limitando específicamente las emisiones al aire de COV y formaldehído. Además, exige la investigación de contaminación del suelo en aquellos terrenos que sea preciso y la incorporación de medidas de reducción de ruido, polvo y emisiones durante la obra.
    • Protección y restauración de la biodiversidad y ecosistemas: Exige, cuando sea preceptivo, la elaboración de un informe ambiental que incluya medidas de protección, y de compensación de ser necesarias. Establece igualmente la limitación de que no se construya en suelo protegido ni terrenos productivos, bosques o espacios con especial valor de biodiversidad, y que cuando se haga en entornos de áreas sensibles, se realicen trabajos de evaluación y mitigación del impacto.

Aplicación del marco

Green Building Council España (GBCE) junto con los GBC de Alemania (DGNB), Dinamarca (DK-GBC) y Austria (ÖGNI) publicó en marzo de 2021 el primer estudio de aplicación de la Taxonomía en el sector de la construcción y actividades inmobiliarias. La principal conclusión de la investigación fue que el mercado inmobiliario tiene que actualizarse para procesar los criterios de Taxonomía establecidos por la Unión Europea, especialmente con respecto a los activos de edificios existentes.

El informe final del estudio muestra que esto se debe a la falta de disponibilidad de los datos necesarios para la verificación, y que además, algunos de los criterios apenas pueden cumplirse en la formulación con la que se redactaron.

Parece claro que la evaluación del cumplimiento de los criterios de la Taxonomía propuestos por la UE está destinada a convertirse en pieza central en cualquier operación financiera y marcará sin duda las líneas de financiación pública pero también muy probablemente la inversión privada en los próximos años.

Informe del estudio de aplicación de la Taxonomía en el sector de la construcción y actividades inmobiliarias
Informe del estudio de aplicación de la Taxonomía en el sector de la construcción y actividades inmobiliarias: EU Taxonomy Study - Evaluating the market-readiness of the EU taxonomy criteria for buildings. DGNB, DK-GBC, GBCE, ÖGNI. (2021)

Para más información y últimas noticias sobre la EU Taxonomy, se puede consultar la web oficial de la Comisión Europea.